CÁLCULO Y REGISTRO
DE HUELLA DE CARBONO

¿QUÉ ES LA HUELLA DE CARBONO?

La huella de carbono se conoce como «la totalidad de gases de efecto invernadero (GEI) emitidos por efecto directo o indirecto de un individuo, organización, evento o producto». Tal impacto ambiental es medido llevando a cabo un inventario de emisiones de GEI o un análisis de ciclo de vida según la tipología de huella, siguiendo normativas internacionales reconocidas, tales como ISO 14064, PAS 2050 o GHG Protocol entre otras. La huella de carbono se mide en masa de CO2 equivalente.

La huella de carbono permite cuantificar las emisiones de gases de efecto invernadero que son liberados a la atmósfera como consecuencia de una actividad determinada, bien sea la actividad necesaria para la fabricación de un producto, para la prestación de un servicio, o para el funcionamiento de una organización.

Esta cuantificación nos permitirá ser conscientes del impacto que genera dicha actividad en el calentamiento global, convirtiendo de esta manera la huella de carbono en una herramienta de sensibilización de gran valor. Hoy en día, ya se perfila como un elemento diferenciador de las organizaciones que deciden comprometerse con el medio ambiente y apuestan por el desarrollo de una actividad sostenible.

Es crucial por otro lado, entender la huella de carbono no sólo como un mero elemento de cálculo, sino como un primer paso en el camino de la mejora y el compromiso de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero. En ello reside, sin duda, su gran contribución a la lucha contra el cambio climático.

¿CÓMO SE CALCULA?

El Inventario de Gases de Efecto Invernadero de una organización, también denominado Huella de Carbono de Organización, es un informe donde se indican las emisiones de GEI realizadas por la organización objeto de estudio durante un periodo determinado, generalmente un año natural. Este inventario se realiza siguiendo estándares internacionales, principalmente la norma ISO 14064-1.

El alcance de este informe puede ser:

Los Inventarios de Emisiones de GEI deben contener como mínimo las emisiones de Alcance 1 y Alcance 2, y en determinados casos deben ser verificadas por una entidad de verificación acreditada.

Los Inventarios de Emisiones se referirán siempre a un «Año Base», indicando el aumento o reducción de emisiones del año del informe comparado con el Año Base. Si la organización realiza un inventario por primera vez, ese será su año base.

REGISTRO DE HUELLA, COMPENSACIÓN Y PROYECTOS DE ABSORCIÓN DE CO2, DEL MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA

El Registro, creado por el Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo, recoge los esfuerzos de las organizaciones españolas en el cálculo y reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero que genera su actividad. A su vez, les facilita la posibilidad de compensar toda o parte de su huella de carbono, mediante una serie de proyectos forestales ubicados en territorio nacional. Estos proyectos, integran numerosos beneficios ambientales y sociales, entre los que se encuentra la absorción de dióxido de carbono de la atmósfera, también conocida como secuestro de carbono.
Todas las huellas inscritas vienen acompañadas obligatoriamente por un plan de reducción, y son chequeadas de forma previa a su registro. Cuando se reconoce que una organización ha reducido su huella, es debido a que cumple con un criterio estricto que demuestra una tendencia decreciente de emisiones.
Para reconocer una compensación en el marco del Registro, es necesario que las toneladas de CO2 adquiridas provengan de proyectos inscritos en éste.

SOLICITA
PRESUPUESTO

Descubre mucho más sobre nuestro trabajo o sobre cómo
podemos colaborar en algún proyecto,
¡contáctanos hoy mismo!